De
acuerdo con declaraciones del Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell en
relación a la presentación de la Reforma Energética; en el mercado
internacional del petróleo se manejan cuatro tipos de instrumentos jurídicos:
-
Concesiones,
- Contratos de utilidad compartida,
- Contratos de producción
compartida,
- Contratos de servicios.
La diferencia esencial del nuevo esquema propuesto con
las concesiones, es que en ellas está permitido que la iniciativa privada tenga
control sobre los recursos.
En cuanto a los contratos de servicios –esquema con
que se opera actualmente- el gobierno paga a los contratistas se encuentre o no
petróleo.
Con el nuevo esquema de “utilidad compartida” –de aprobarse
por el Poder Legislativo- Petróleos
Mexicanos podrá fungir como socio en la extracción de petróleo. Las utilidades
del proyecto se repartirían entre todos,
pagando a la empresa contratada la recuperación de costos y un porcentaje del
beneficio.
Es muy importante el
diseño y la elaboración de los contratos por los expertos para que las “dos
partes” resulten beneficiadas. Se ha dicho que los contratos serán transparentes y públicos y
serán regulados por la Secretaría de
Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos, de acuerdo con el nuevo régimen
fiscal que se propone.
Ver Reforma Energética en http://www.reformaenergetica.gob.mx
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